5 DATOS ¿QUE SON LOS VICIOS OCULTOS?

5 DATOS SOBRE LOS VICIOS OCULTOS POR FOMENTTO INMOBILIARIAS.SEVILLA

¿Qué hacer ante vicios ocultos al comprar una vivienda?

En el momento que vamos a proceder a la compra de una vivienda de segunda mano tenemos que ser conscientes de que puede contar con algún deterioro o problema y en el momento de la visita no podemos comprobar con total integridad el estado de la vivienda.

Muchos de nuestros clientes de compra de viviendas en Sevilla con mas experiencia ya saben valorar positivamente la gestión de compraventa de la mano de una agencia inmobiliaria seria, que garantiza y asegura la transparencia a la hora del estado real de una vivienda.

De hecho muchos de nuestros vendedores confían en nuestro método y asesoramiento en el momento de solucionar cualquier problema que presente la vivienda a la hora de su venta para inclusive mejorar el valor de la vivienda.

¿Qué es un vicio oculto?

Son considerados vicios ocultos aquellos desperfectos que no hayan podido apreciarse en el momento de la compra de la vivienda y esto impida la plena utilización y/o aprovechamiento de la propiedad adquirida.

¿Puede reclamarse un vicio oculto?

Para realizar una reclamación de un vicio oculto de una vivienda este debe reunir tres requisitos minimos:

  • Que el daño en la vivienda sea previo a la compraventa: El comprador ha de poder demostrar que el daño que recae sobre la vivienda es previo a su compra y no posterior.
  • Que el daño sea grave: Es necesario que, de haberlo conocido, el comprador no hubiera cerrado la operación, o hubiera negociado un precio inferior. Esto evita las reclamaciones por desperfectos menores que no afectan a la integridad o funcionalidad del bien.
  • Que el daño esté oculto: En caso de que el defecto sea fácilmente detectable el comprador no tendrá derecho a reclamar. Al menos no como vicio oculto

Muchas son las situaciones que en Fomentto Inmobiliarios Sevilla nos han trasladado realizar contratos de compraventa de inmuebles entre particulares que han evitado este tipo de responsabilidades y análisis del estado de la vivienda previo sin el respaldo legal y gestión profesional de una agencia inmobiliaria.

Los vicios ocultos al realizar compraventa de viviendas entre particulares:

Este dato no suele ser muy conocido por los interesados en vender una vivienda en Sevilla, y es que, en Fomentto Inmobiliarias Sevilla en muchas ocasiones hemos tenido que aportar esta información sobre los vicios ocultos.

Las compraventas entre particulares no están sometidas a las garantías propias de las compraventas entre consumidores y profesionales.

En lugar de aplicarse la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, en estos casos el comprador solo queda protegido por el Código Civil.

Esto hace que en el caso de encontrarnos en situación de reclamar algo referente a cualquier vicio oculto de la vivienda, el trámite y la garantía legal es completamente diferente.

Uno de los grandes motivos para realizar tanto la venta como la compra de tu vivienda con profesionales.

El Código Civil no aplica un régimen de protección específica, ya que considera que el negocio se celebra inter pares. De modo que permite que los particulares ejerciten tres tipos de acciones:

  1. Redhibitoria. Se regula en el artículo 1486 del Código Civil, y permite al comprador desistir del contrato. Además, entregando la cosa objeto del mismo podrá recuperar los gastos correspondientes a la operación. Y en caso de demostrar que el vendedor conocía los vicios ocultos, el comprador podrá exigirle una indemnización.
  2. Quanti minoris. Regulada en el mismo artículo, lo que permite es minorar el precio del bien. Para ello deberán valorarse los daños por medio de peritos, y tal valor se restará al precio de la operación.
  3. Saneamiento. Regulada en el artículo 1484 del Código Civil, permite al comprador exigir al vendedor la adecuación de la cosa para el fin al que se la destina.

¿Cuánto tiempo tenemos para reclamar un vicio oculto?

La acción de reclamación de vicios ocultos prescribe en un plazo de seis meses desde la entrega del bien.

Sin embargo, como ocurre con otras acciones, este plazo puede ser interrumpido por medio de las correspondientes reclamaciones.

En Fomentto Inmobiliarias te ofrecemos el asesoramiento necesario para realizar la venta o compra de tu vivienda sin ningún tipo de problema y con la tranquilidad de contar con los recursos de cada uno de nuestros miembro del equipo para cualquier duda.

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